IVA REDUCIDO EN REFORMAS Dirigido a particulares y comunidades de propietarios que tengan que hacer una reforma u obra, electricidad y fontanería incluido, es buen momento para el cambio de alimentaciones eléctricas en fincas y viviendas y alimentaciones de agua sanitaria en viviendas y comunidades. Asi también se aconseja la sustitución de bajantes que actualmente se encuentre instalados en fibrocemento ( uralita ) ya que por su elevado precio en el reciclaje nos estaríamos ahorrando un 10% de la reforma. Hasta 2012. Pues bien, desde ahora y hasta el 31 de diciembre de 2012, su empresa deberá repercutir un IVA reducido (del 7% hasta el 31 de junio, y del 8% a partir del 1 de julio de 2010) en todas las ejecuciones de obra de renovación y reparación que efectúe en viviendas (electricidad, gas, fontanería, calefacción, pintura, soldadura, carpintería, etc.), y no sólo en las que sean de albañilería. Apunte. Con ello, es de esperar que, al reducirse los tipos de IVA y por lo tanto el coste de este tipo de obras, haya un mayor número de personas dispuestas a contratarlas. Menos requisitos… Hasta el 33%. Por otro lado, también hasta 2012, se han flexibilizado los requisitos para aplicar el tipo reducido en estos trabajos: Como hasta ahora, la vivienda debe ser utilizada para su uso particular por la persona que contrate la obra. Apunte. Será aplicable el tipo de IVA reducido tanto si las obras son contratadas por un propietario o un inquilino (siempre que ambos utilicen la vivienda para uso propio) como si son contratadas por una comunidad de propietarios de un edificio de viviendas. Igualmente, la vivienda en la que se efectúan las obras debe haber sido construida o rehabilitada con al menos dos años de antelación. La novedad es que se eleva hasta el 33% el porcentaje máximo que puede representar el coste de los materiales aportados respecto al precio de todo el servicio. Apunte. Hasta ahora, para poder aplicar el tipo reducido, el coste de los materiales aportados no debía superar el 20%. Sin materiales. Así pues, si usted aporta gran cantidad de materiales, plantee a su cliente que sea él quien los compre directamente, o al menos una parte de ellos (de manera que los que usted aporte no superen el 33% del precio). Apunte. De este modo, su cliente pagará el 16% sobre los materiales y el 7% sobre los trabajos que usted realice. Ejemplo Reforma. En la reforma de un baño, los sanitarios cuestan 2.000 euros, y su trabajo y el material accesorio 3.000 euros más (dentro de este precio, el coste del material accesorio no supera el 33%). Aportando usted los sanitarios, su cliente pagará 5.800 euros (5.000 más el 16% de IVA). Apunte. En cambio, si es él quien los compra, pagará sólo 5.530 euros (2.000 al 16% y 3.000 al 7%). Declaración. Evite que en el futuro Hacienda cuestione la correcta aplicación del IVA al 8%, solicitando a su cliente una declaración en la que certifique que está utilizando la vivienda para su uso particular y que la construcción o rehabilitación de ésta concluyó al menos dos años antes del inicio de las obras contratadas a su empresa. |



