Se extiende la deducción a obras en viviendas distintas de la habitual, incluidas las puestas en alquiler El Gobierno ha aprobado ampliar del 10% al 20% la desgravación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por la rehabilitación de viviendas. Además, se extiende la deducción a obras en viviendas distintas de la habitual, incluidas las puestas en alquiler. Esta decisión se ha tomado para hacer más operativo esta deducción, "reforzar su carácter incentivador de la actividad y favorecer la creación de empleo", explicó el Ejecutivo presidido por José Luis Rodríguez Zapatero. La deducción por obras de mejora en la vivienda habitual en el IRPF se creó en el marco del Real Decreto Ley de Medidas para el Impulso de la Recuperación Económica y el Empleo, derivado de los llamados Pactos de Zurbano, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 9 de abril de 2010. En su origen, permitía deducirse el 10% de las cantidades invertidas en obras y reparaciones domésticas con un límite máximo anual de cuatro mil euros por contribuyente. Los contribuyentes con una base imponible inferior a 33.007 euros podían beneficiarse de la deducción completa. El importe de la deducción se reducía progresivamente en adelante hasta eliminarse para los contribuyentes con base imponible superior a 53.007,20 euros. La deducción, de carácter temporal, se podía aplicar a las obras de mejora que se realizasen antes del 31 de diciembre de 2012, recordó el Gobierno. El límite máximo de base de deducción anual pasa de 4.000 a 6.750 euros Las modificaciones acordadas contemplan la ampliación del objeto de la deducción, que ya no estará limitado a las obras que se realicen en la vivienda habitual, sino que se extenderá a las que se lleven a cabo en cualquier otra vivienda, incluidas las que se pongan en alquiler, con la única excepción de que no estén afectas a actividades económicas por parte del contribuyente. Mayor límite de renta Además, se eleva el tipo de la deducción del 10% original al 20%, así como el límite máximo de renta que impide beneficiarse de este incentivo fiscal. Se establece que los contribuyentes con una base imponible igual o inferior a 53.007,20 euros podrán beneficiarse en su totalidad de la deducción, rebajándose ésta de forma progresiva hasta quedar a cero para los contribuyentes con una base imponible superior a 71.007,20 euros. En la redacción del Real Decreto Ley de abril de 2010 estos límites eran de 33.007,20 euros y 53.007,20 euros, respectivamente. La deducción se podrá aplicar solo a las obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012 La reforma eleva, asimismo, el límite máximo de base de deducción anual, que pasa de 4.000 euros a 6.750 euros. Esto significa que la deducción anual máxima de la que se puede beneficiar un contribuyente será de 1.350 euros (el 20% de 6.750 euros), lo que permite equiparar el límite de esta deducción con la existente por inversión en vivienda. Además, se aumenta el límite plurianual máximo deducible, que pasa de 12.000 euros a 20.000 euros. La reforma también eleva el límite máximo de base de deducción anual, que pasa de 4.000 euros a 6.750 euros. Esto significa que la deducción anual máxima de la que se puede beneficiar un contribuyente será de 1.350 euros (el 20% de 6.750 euros), lo que permite equiparar el límite de esta deducción con la existente por inversión en vivienda. Además, se aumenta el límite plurianual máximo deducible, que pasa de 12.000 euros a 20.000 mil euros. La deducción mantiene su carácter temporal y se podrá aplicar solo a las obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012. Tampoco varía el carácter finalista de las obras, que deberán destinarse a la mejora de la habitabilidad de la vivienda: eficiencia energética y del uso del agua, accesibilidad e instalación de infraestructuras para el acceso a Internet o a la TDT. Se mantienen, por tanto, las exclusiones referentes a obras en garajes, jardines, parques, piscinas, elementos deportivos y análogos. |



